Ley de Extinción de Dominio

¿Sabe usted como podría afectarle la ley de extinción de dominio al arrendar su inmueble?

La Ley de Extinción de Dominio consiste en la pérdida del derecho de una propiedad cuando ésta se vincula a un delito.

Cuando se renta un inmueble y el inquilino hace mal uso de él, el Estado podría quitarle su propiedad sin ofrecerle ninguna compensación, aun a pesar de que usted no este enterado del mal uso que se haya echo de él, aplicando lo que se conoce como Ley de Extinción de Dominio.

Los delitos por los cuales procede la extinción de dominio son: delincuencia organizada, delitos contra la salud, secuestro y trata de personas.

Cuando se renta un bien raíz es difícil saber a quien se esta entregando la posesión y uso de dicho inmueble, pues al principio todo el mundo parece merecedor de confianza, sin embargo siempre existe el riesgo de verse envuelto en una situación desagradable por lo que a continuación le anoto algunos…

Tips que pueden ayudarlo a evitar este tipo de riesgos al rentar.

  1. Siempre debe existir un contrato.

  1. Solicite identificaciones y documentos suficientes de las personas con quien se hará el trato para acreditar su identidad, así como referencias personales.

  1. Incluya una cláusula en el contrato que de manera explicita mencione que el inmueble no será utilizado para actividades ilícitas. Esto manifestará el compromiso por parte del dueño con las autoridades.

  1. En caso de duda, solicite la asesoría de un especialista en arrendamiento, de preferencia un abogado que tenga experiencia en arrendamiento inmobiliario y en extinción de dominio de su localidad pues pueden existir variantes de acuerdo a la legislación local.

  1. Si nota algo que le parezca poco claro o sospechoso en cuanto al uso que se dará a su propiedad, es mejor abstenerse y esperar a un nuevo cliente.




Diana Reyes 
Oportunidades Inmobiliarias 


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